Bonos Consumo de Ondara

Descargar cartel de la campaña aquí

BONOS DESCUENTO

La iniciativa “Bonos Consumo Ondara”, puesta en marcha por el Ayuntamiento de Ondara a través de Confecomerç, pretende incentivar el consumo de la ciudadanía en los comercios minoristas y la reactivación comercial del municipio.

Cada bono cuenta con un valor total que resulta de la suma del 50% del importe pagado por el consumidor y la aportación realizada por el Ayuntamiento de Ondara, que corresponde al otro 50%.

¿Cómo funciona?

Al Programa “Bonos Consumo Ondara” podrán inscribirse todos los establecimientos que cumplan las siguientes condiciones:

Podrán participar de manera gratuita todos los comercios minoristas de la ciudad, y establecimientos de prestación de servicios con un local permanente abierto al público en Ondara, con un máximo de 10 trabajadores de alta a fecha 31 de diciembre de 2023 y que estén dados de alta en los epígrafes de comercio minorista en el impuesto de actividades económicas y cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener local afecto a la actividad económica en la ciudad de Ondara.
  • Estar en situación de alta en la Agencia Tributaria y en la Seguridad Social.
  • Disponer de licencia, comunicación previa o declaración responsable, de conformidad con la normativa vigente.
  • No encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias recogidas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria, con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y no tener deudas tributarias con el Ayuntamiento de Ondara. Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la subvención en caso de concesión.

Se podrá realizar una solicitud por cada establecimiento o local afecto a la actividad que cumpla con los requisitos de la convocatoria y suscriba la declaración responsable correspondiente y que correspondan con los siguientes epígrafes:

Grupo 641. Comercio al por menor de frutas, verduras, hortalizas y tubérculos.

Grupo 642. Comercio al por menor de carnes y despojos; de productos y derivados cárnicos elaborados; de huevos, aves, conejos de granja, caza y de productos derivados de los mismos.

Grupo 643. Comercio al por menor de pescados y otros productos de la pesca y de la acuicultura y de caracoles.

Grupo 644. Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares y de leche y productos lácteos.

Grupo 645. Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases. 

Grupo 647. Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en general EXCEPTO EN MÁQUINAS EXPENDEDORAS (epígrafe 647.5).

Grupo 651. Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero.

Epígrafe 652.2. Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos.

Epígrafe 652.3. Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, y de artículos para la higiene y el aseo personal.

Epígrafe 652.4. Comercio al por menor de plantas y hierbas en herbolarios.

Grupo 653. Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción.

Grupo 656. Comercio al por menor de bienes usados tales como muebles, prendas y enseres ordinarios de uso doméstico.

Grupo 657. Comercio al por menor de instrumentos musicales en general, así como de sus accesorios.

Epígrafe 659.1. Comercio al por menor de sellos, monedas, medallas conmemorativas, billetes para coleccionistas, obras de arte y antigüedades, minerales sueltos o en colecciones, fósiles, insectos, conchas, plantas y animales disecados.

Epígrafe 659.2. Comercio al por menor de muebles de oficina y de máquinas y equipos de oficina.

Epígrafe 659.3. Comercio al por menor de aparatos e instrumentos médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos.

Epígrafe 659.4. Comercio al por menor de libros, periódicos, artículos de papelería y escritorio, y artículos de dibujo y bellas artes.

Epígrafe 659.5. Comercio al por menor de artículos de joyería, relojería, platería y bisutería

Epígrafe 659.6. Comercio al por menor de juguetes, artículos de deporte, prendas deportivas de vestido, calzado y tocado, armas, cartuchería y artículos de pirotecnia.

Epígrafe 659.7. Comercio al por menor de semillas, abonos, flores y plantas y pequeños animales.

Epígrafe 659.8. Comercio al por menor denominado «sex-shop».

Epígrafe 659.9. Comercio al por menor de otros productos no especificados en esta Agrupación, excepto los que deban clasificarse en el epígrafe 653.9. 

Artesanía.

Quedan excluidos de participar en la campaña:

  • Grupo 61 – Comercio al por mayor
  • Grupo 62 - Recuperación de
  • Subgrupo 646 – Comercio al por menor de tabaco ya artículos de
  • Subgrupo 1 - Farmacias. Comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal.
  • Subgrupo 655 – Comercio al por menor de combustibles, carburantes y
  • Subgrupo 663 – Comercio al por menor fuera de establecimiento comercial permanente (ambulancia, mercadillos y mercados ocasionales o periódicos).
  • Subgrupo 87: Loterías, apuestas y otros juegos de
  • Subgrupo 969: Otros servicios

Procedimiento para aplicar el descuento

Esto permitirá comprobar la validez de los mismos y que no hayan sido utilizados en otro ESTABLECIMIENTO. Si se presentan bonos duplicados Confecomerç solamente abonará el primer bono que haya sido registrado en la APP.

Al realizar el gasto, el CLIENTE deberá presentar en el ESTABLECIMIENTO sus bonos de descuento, bien en formato impreso o digital, y ser obligatoria la presentación del DNI/NIE con el que se adquirió cada bono.

Para validar un bono será necesario:

  1. Introducir el DNI/NIE del cliente asociado al bono.
  2. El cliente muestra su código QR.
  3. Escanear el código QR desde la APP o introducir el código del bono consumo manualmente.
  4. Valida el bono que se va utilizar en la compra.
  5. Introducir el importe de la compra y el identificador del ticket de la compra.
  6. Introducir la foto del ticket.
  7. ¡Listo!, el bono ya se ha canjeado en el establecimiento.

 

Procedimiento para aplicar el descuento
¿Cómo darse de baja en la campaña Bonos Comercio 2024?
Los comercios inscritos en la campaña Bonos Comercio 2024 que deseen darse de baja deberán comunicarlo, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, mediante una instancia dirigida a los Servicios Económicos.

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