BASES LEGALES Y CONDICIONES DE ADHESIÓN A LOS BONOS CONSUMO DE ONDARA

  1. OBJETO, FINALIDAD Y ÁMBITO De USO

BONS CONSUM ONDARA es un programa de impulso del consumo local con el cual el Ayuntamiento de Ondara destina 119.304,00 de manera directa en bonos y con el cual se pretende beneficiar tanto al tejido empresarial local como la ciudadanía, estimulando la compra en establecimientos locales adheridos a la campaña (el listado se puede consultar en www.ondarabonoconsum.es y en la web del portal del comerciante de Ondara (https://ondara.portaldelcomerciante.com)

Se formalizarán a través de Bonos Consumo emitidos por Confecomerç CV, donde los ciudadanos y ciudadanas abonan el 50% del coste de la tarjeta.

La fecha máxima de consumo de los bonos es el 30 de octubre de 2024, quedando sin uso a partir de la fecha señalada.

2. CUANTÍA DE LOS BONOS, BONIFICACIÓN Y EMISIÓN

Los bonos pueden alcanzar un valor de 100 €, de los cuales, el ciudadano o la ciudadana aporta 50 €, recibiendo 4 bonos de 25€ para poderlos canjear en 4 compras o dos de 50€. Esta distribución representa para la ciudadanía un descuento del 50%. En todo caso, la compra de bonos está limitada a una cantidad máxima de 50 € por persona beneficiaria. Los bonos serán de 25 € o 50 €.

3. ADQUIRENTES DE LOS BONOS CONSUMO ONDARA

Pueden adquirir los bonos las personas empadronadas en Ondara mayores de 18 años a 31 de agosto de 2024, siendo necesario para la adquisición de las mismas disponer de tarjeta bancaria.

La compra de bonos consumo está limitada a 50€ por persona beneficiaria. La persona recibirá un correo electrónico donde podrá descargar y/o imprimir los bonos.

No pueden adquirir los bonos las personas que se encuentran en cualquier de las situaciones de prohibición recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Este requisito tiene que cumplirse desde la fecha de adquisición de los bonos consumo y, las personas adquirentes tienen que acreditar tal circunstancia mediante la aportación de una declaración.

4. PROCEDIMIENTO DE COMPRA DE LOS BONOS Y PLAZO

  1. Acceder en la web de la campaña ondarabonoconsum.es, rellenar el formulario que se tiene en disposición en la web de la campaña, previamente habilitado por Confecomerç CV, al cual se incluye la declaración responsable de cumplir con los requisitos exigidos en el artículo

13 de la ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de estar informado de sus obligaciones a efectos del IRPF a causa del carácter de ganancia patrimonial de la subvención obtenida así como de la manifestación de voluntad para el tratamiento de sus datos personales según lo establecido en la LOPD.

Una vez el vecino o vecina ha adquirido el bono, se recibe un correo electrónico con los bonos emitidos de la campaña, se pueden imprimir o presentarlos con el móvil en el momento de la realización del pago en el establecimiento.

  1. Adquisición de Bonos en la Agencia de Desarrollo Local de Ondara, situada en el Espai Catalá, Plaça País Valencià en horario de 9:00 a 14:00 h. Se podrá adquirir a partir del día 2 de septiembre de 2024.

5. USO DE LOS BONOS

La subvención recibida solo se puede gastar en los establecimientos adheridos a la campaña. La relación de empresas adheridas se hace pública en la web municipal, en la web de la campaña y se dará difusión por las redes sociales.

6. ACTIVIDADES QUE PUEDEN ADHERIRSE A LA CAMPAÑA

Pueden solicitar adherirse a esta campaña:

  • Las pymes, micropymes y autónomos legalmente constituidos independientemente de su forma jurídica, que tengan establecimiento (FÍSICO) abierto al público en el término municipal de
  • Que ejerzan actividad económica en el municipio, excepto las actividades en los siguientes IAE (Real decreto ley 1175/1991, de 28 de septiembre):
  • 61: Comercio al por
  • 646: Comercio al por menor de labores de tabaco y artículos de
  • 1: Farmacias. Comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios e higiene personal.
  • 663: Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente (ambulancia, mercadillos y mercados ocasionales o diarios).
  • 87: Loterías, apuestas y otros juegos de
  • 969: Otros servicios
  • El número de personas ocupadas en el establecimiento comercial no es superior a 10 personas trabajadoras a jornada completa o equivalente. Si una empresa tiene varios establecimientos situados en Benissa, puede tener un máximo de 10 personas trabajadoras en cada uno de los establecimientos a jornada completa o
  • Que muestran su deseo a participar en la campaña mediante la colocación del material publicitario facilitado por la organización y que acepten la totalidad de las

7. PROCEDIMIENTO DE ADHESIÓN POR PARTE DE LAS EMPRESAS

Para la adhesión de las empresas a la campaña, estas tienen que rellenar el formulario que encuentran en la web de la campaña habilitado previamente por Confecomerç, CV.

El plazo para adherirse a esta campaña es lo fijado por la comisión de seguimiento, a partir del día 1 de agosto de 2024.

Al envío del formulario de inscripción tiene que acompañarse la declaración responsable que se cumplen los requisitos detallados en el artículo anterior y certificado AEAT de IAE.

8. INCIDENCIAS

La gestión de incidencias por posibles errores de funcionamiento del bono consumo ocasionados por desactivación de códigos corresponde a la entidad financiera.

9. DEVOLUCIÓN DE SALDO RESTANTE

En caso de que finalizado el periodo fijado para los Bono Consumo (31 de octubre de 2024) no hubieran sido consumidos, el propietario o la propietaria no puede recuperar su saldo, el 100% del cual será dado a la Residencia Ntra. Sra. De la Soledad de Ondara y tendrá la consideración de ingreso presupuestario.


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